ALERTA LEGAL
Modifican norma que fija la Asignación Familiar para los trabajadores de la actividad privada
01 de marzo 2023

Por el presente decreto supremo Nº 003-2023-TR se modifica el artículo 6 del Decreto Supremo Nº 035-90-TR, Fijan la Asignación Familiar para los trabajadores de la actividad privado, cuyas remuneraciones no se regulan por negociación colectiva, quedando redactado en los siguientes términos:

TEXTO ORIGINAL  MODIFICACIÓN
“Artículo 6.- Los trabajadores tendrán derecho a percibir dicha asignación familiar hasta que los hijos cumplan dieciocho años de edad, salvo que éstos se encuentren efectuando estudios superiores o universitarios, en cuyo caso se extenderá este beneficio hasta la culminación de los mismos, por un máximo de seis años posteriores al cumplimiento de dicha mayoría de edad.”

 

 

“Artículo 6.- Los/las trabajadores/as tienen derecho a percibir dicha asignación familiar hasta que los/las hijos/as cumplan dieciocho años de edad, salvo que estos/as se encuentren efectuando estudios superiores o universitarios, en cuyo caso se extiende este beneficio hasta la culminación de los mismos, por un máximo de seis años posteriores al cumplimiento de dicha mayoría de edad.

Asimismo, tienen derecho a percibir esta asignación los/las trabajadores/as que tengan uno/a o más hijos/ as, mayores de 18 años, con discapacidad severa, debidamente certificada de conformidad con lo normado por la Autoridad Nacional de Salud, salvo que perciban la Pensión No Contributiva por Discapacidad Severa establecida por la Ley No. 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad.

Cabe señalar que la norma citada responde a la adecuación normativa dispuesta en la disposición complementaria final de la Ley No. 31600, que modifica la Ley No. 25129, “Ley que dispone que los trabajadores de la actividad privada cuyas remuneraciones no se regulan por negociación colectiva, percibirán el equivalente al 10% del ingreso mínimo legal por todo concepto de asignación familiar”.

Por tanto, se recomienda a los empleadores de la actividad privada tener en cuenta que la asignación familiar también les corresponde a aquellos trabajadores con uno o más hijos, mayores de 18 años y con discapacidad severa, bajo los términos antes descritos.

Cualquier consulta adicional, favor comunicarse con el Centro Jurídico de ADEX:

Javier Villanueva  Nehmad                                         Alejandra Avendaño Reynoso

Telf. 618-3333                                                                      Telf. 618-3333

    E-mail: javier.villanueva@adexperu.org.pe               E-mail: alejandra.avendano@adexperu.org.pe