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ALERTA LEGAL
APRUEBAN LOS “PROTOCOLOS SANITARIOS” Y LOS “LINEAMIENTOS SECTORIALES” DE LAS ACTIVIDADES DEL SECTOR TRANSPORTE Y COMUNICACIONES
07 de mayo 2020

Estimados asociados:

El día 7 de mayo de 2020, se han publicado las siguientes Resoluciones Ministeriales:

  • M. N° 257-2020-MTC que aprueba diversos Protocolos Sanitarios de las actividades del sector Transporte y Comunicaciones.
  • M. N° 258-2020-MTC que aprueba diversos Protocolos Sanitarios de las actividades del sector Transporte y Comunicaciones.
  • M. N° 259-2020-MTC que aprueba los lineamientos sectoriales para la reanudación gradual y progresiva de los proyectos del sector Transporte y Comunicaciones.
  • M. N° 260-2020-MTC que aprueba los lineamientos sectoriales para la reanudación gradual y progresiva de los servicios de Comunicaciones.

PROTOCOLOS SANITARIOS DE LA ACTIVIDADES DEL SECTOR TRANSPORTES Y COMUNICACIONES.

Los Protocolos Sanitarios del sector Transporte y Comunicaciones, es de aplicación complementaria a los “Lineamientos para la vigilancia de la Salud de los trabajadores con riesgo de exposición a COVID-19”, aprobados por Resolución Ministerial N° 239-2020-MINSA.

Los Protocolos Sanitarios aprobados son:

  • Para la ejecución de los trabajos de conservación vial en prevención del COVID-19.
  • Para los contratos de ejecución de obras y servicios de la red vial.
  • Para los contratos de consultorías de obras.
  • En la implementación, operación y mantenimiento de las redes de telecomunicaciones y de infraestructura de radiodifusión.
  • En la ejecución de obras de infraestructuras aeroportuarias.
  • En la ejecución de obras de infraestructura portuaria del sistema portuario nacional.
  • Para metros y ferrocarriles.
  • Para los servicios de telecomunicaciones.
  • En la prestación de los servicios de transporte aéreo espacial, trabajo aéreo y otras actividades conexas de aeronáutica civil.
  • En el transporte aéreo de carga.
  • En el transporte terrestre y ferroviario de carga y mercancías y actividades conexas de ámbito nacional.
  • En el transporte acuático fluvial de carga y mercancías y actividades conexas en el ámbito internacional, nacional y regional.
  • En el servicio de transporte público especial de personas en la modalidad de Taxi y en vehículos menores.
  • En el servicio de transporte regular de personas en el ámbito provincial.
  • En el transporte de trabajadores en el ámbito nacional, regional y provincial.

 LINEAMIENTOS SECTORIALES PARA LA REANUDACIÓN GRADUAL Y PROGRESIVA DE LOS PROYECTOS DEL SECTOR TRANSPORTE Y COMUNICACIONES.

La reanudación de los proyectos involucra los estudios, la construcción, el mejoramiento, la rehabilitación, la supervisión y cualquier otra actividad o servicio necesario para la formulación, ejecución u operación de la infraestructura o servicio público.

El Ministerio de Transportes y Comunicaciones a través de los titulares de las unidades de organización competentes, así como los titulares de los programas y proyectos especiales, así como los titulares de las entidades adscritas, están obligados, a:

  • Aplicar los criterios de focalización según corresponda (Territorialidad, personas, impacto económico y social, aseguramiento de elementos de protección personal, nivel de supervisión y actividades conexas).
  • Evaluar el cumplimiento de los requisitos exigidos.
  • Generar usuario y contraseña del SICOVID-19
  • Autorizar la reanudación del proyecto (Ubicación, plan de reanudación, protocolos sanitarios, incidencias, equipos de protección personal y distanciamiento social).
  • Notificar la autorización de reanudación a las autoridades fiscalizadoras.
  • Reportar las incidencias en los proyectos bajo su competencia.
  • Coordinar con los gobiernos regionales y locales la reanudación de los proyectos según la competencia de estos.

PROCEDIMIENTO PARA LA AUTORIZACION DE LA REANUDACION DE LOS PROYECTOS

FASES DEL PROCESO DE IMPLEMENTACION DE CADA PROYECTO Y FECHA DE INICIO

 Cualquier consulta adicional, favor comunicarse con el Centro Jurídico de ADEX:

 

      Javier Villanueva  Nehmad                                         Alejandra Avendaño Reynoso

Telf. 618-3333, Anexo  4600                                         Telf. 618-3333, Anexo 4212

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