Mediante Decreto Supremo N° 101-2020-PCM, que aprueba la FASE 2 de la “Reanudación de Actividades”, la misma que se inicia a partir del 5 de junio de 2020.
REANUDACION DE ACTIVIDADES EN FORMA AUTOMATICA:
La reanudación de las actividades incluidas en las fases de la Reanudación de Actividades (actualmente FASE 1 y 2), se efectúa de manera automática, para ello las empresas sólo deberán registrar su “Plan para la vigilancia, prevención y control de COVID-19 en el trabajo” en el Sistema Integrado para COVID-19 (SICOVID-19) del Ministerio de Salud.
Para elaborar “Plan para la vigilancia, prevención y control de COVID-19 en el trabajo”, las empresas deben tener en consideración:
- Los “Lineamientos para la vigilancia de la Salud de los trabajadores con riesgo de exposición a COVID-19”, aprobados por Resolución Ministerial Nº 239-2020-MINSA y sus posteriores adecuaciones.
- El Protocolo Sectorial correspondiente cuando el Sector lo haya emitido.
El “Plan para la vigilancia, prevención y control de COVID-19 en el trabajo” registrado por las personas jurídicas será utilizado como base para la posterior supervisión y fiscalización por parte de las autoridades competentes. Adicionalmente, dicho Plan debe estar disponible para los trabajadores al momento de la reanudación de las labores y a disposición de los clientes.
El “Plan para la vigilancia, prevención y control de COVID-19 en el trabajo”, y el registro en el SICOVID-19 del Ministerio de Salud, no resultan exigibles a las personas naturales.
ACTIVIDADES DESTINADAS A LA PROVISIÓN O SUMINISTRO DE LA CADENA LOGÍSTICA:
Lo dispuesto en los párrafos precedentes también es aplicable al reinicio de las actividades de las empresas que realicen actividades destinadas a la provisión o suministro de la cadena logística (insumos, producción tercerizada, transporte, distribución y comercialización) de las actividades comprendidas en las fases de la Reanudación de Actividades.
SE EXCEPTUA DE LAS RESTRICCIONES DE INMOVILIZACION SOCIAL AL TRANSPORTE INTERPROVINCIAL PRIVADO DE PASAJEROS:
Las actividades de transporte interprovincial privado de pasajeros para la realización de las actividades comprendidas en la estrategia de reanudación de actividades, quedan exceptuadas de las restricciones de inmovilización social.
OTRAS DISPOSICONES DE INTERES:
Inicio de actividades de conglomerados productivos y comerciales:
El Ministerio de la Producción queda facultado para que durante la Fase 2, mediante Resolución Ministerial disponga el inicio de actividades de los conglomerados productivos y/o comerciales a nivel nacional, con excepción de los departamentos de Tumbes, Piura, Lambayeque, La Libertad, Loreto, Ucayali, Ica y las provincias de Santa, Huarmey y Casma del departamento de Áncash, a puerta cerrada, así como vender sus productos y prestar sus servicios a través de comercio electrónico, pudiendo entregar sus productos a domicilio con logística propia o a través de terceros.
Protocolos Sanitarios Sectoriales:
Excepcionalmente, para las actividades incluidas en las fases de la Reanudación de Actividades, los Sectores competentes pueden aprobar mediante Resolución Ministerial y publicar en su portal institucional, los Protocolos Sanitarios Sectoriales.
Zonas urbanas definidas de alto riesgo:
Para las zonas urbanas definidas de alto riesgo por la Autoridad Sanitaria Nacional, el inicio de las actividades o unidades productivas aprobadas en cada fase de la Reanudación de Actividades será determinado mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente.
Supervisión y fiscalización por parte de las autoridades regionales competentes:
Para el caso de las actividades correspondientes a la pequeña minería y minería artesanal formalizadas, las acciones de supervisión y fiscalización correspondientes se encuentra a cargo de las autoridades regionales competentes.
Queda prohibido establecer requisitos o condiciones adicionales en normas sectoriales, regionales o locales:
La reanudación de las actividades comprendidas en las Fases de la Reanudación de Actividades se sujeta únicamente a los requisitos y condiciones establecidos en el Decreto Supremo Nº 080-2020-PCM, el presente Decreto Supremo y sus normas modificatorias, quedando prohibido establecer requisitos o condiciones adicionales en normas sectoriales, regionales o locales”.
Inclusión de nuevas actividades económicas por parte de los sectores competentes:
Se faculta a los Sectores competentes a disponer, mediante Resolución Ministerial, la inclusión de nuevas actividades económicas que no afecten el Estado de Emergencia Nacional, previa opinión favorable del Ministerio de Salud, y conforme con las medidas sanitarias requeridas para evitar la propagación y contagio del COVID-19.
Anexo
Actividades económicas de la Fase 2
Actividades económicas |
Descripción de CIIU | Protocolo |
Agricultura
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Títulos habilitantes y actos administrativos
Estudios de impacto ambiental e instrumentos de gestión ambiental Titulación de la propiedad agraria y catastro rural Implementación de planes de negocio
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MINSA
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Minería
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Exploración del estrato de la gran y mediana minería. Explotación, beneficio, almacenamiento, transporte y cierre de minas en los siguientes casos:
– Mediana minería y sus actividades conexas, que cuente con campamento(s) minero(s) y/o acondicionar componente(s) auxiliar(es) y/o alojamiento externo de uso exclusivo para sus trabajadores – Pequeña minería y sus actividades conexas, y minería artesanal formalizadas, previamente acreditadas por la autoridad regional competente
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MINEM
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Manufactura
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Elaboración de alimentos preparados para animales
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Elaboración de alimentos preparados para animales | MINSA
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Elaboración de malta y cerveza | Elaboración de bebidas malteadas y de malta | MINSA
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Elaboración de vinos, otras bebidas alcohólicas y tabaco
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Destilación, rectificación y mezcla de bebidas alcohólicas Elaboración de vinos
Elaboración de productos de tabaco
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MINSA
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Fabricación de calzado |
Fabricación de calzado. | PRODUCE |
Impresión | Actividades de impresión
Actividades de servicios relacionadas con la impresión
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MINSA
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Construcción de material de transporte | Reparación de equipo de transporte, excepto los vehículos automotores | MINSA
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Otras industrias manufactureras | Fabricación de instrumentos y suministros médicos y
Reparación y mantenimiento de otros equipos n.c.p
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MINSA
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Comercio | ||
Venta, mantenimiento y reparación de vehículos automotores y motocicletas | Venta de vehículos automotores
Mantenimiento y reparación de vehículos automotores Ventas de partes, piezas y accesorios de vehículos automotores Venta, mantenimiento y reparación de motocicletas y de sus partes, piezas y accesorios
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MINSA |
Venta, mantenimiento, y reparación de vehículos no motorizados, venta de los repuestos y suministros
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Venta al por menor de equipo de deporte en comercios especializados Venta al por mayor de otros enseres domésticos
Reparación de otros efectos personales y enseres domésticos
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MINSA |
Servicios
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Servicios profesionales, científicos y técnicos
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Actividades jurídicas
Actividades de contabilidad, teneduría de libros y auditoría; asesoramiento en materia de impuestos Actividades de arquitectura e ingeniería y actividades conexas de asesoramiento técnico Investigación y desarrollo experimental en el campo de las ciencias sociales y las humanidades Actividades veterinarias
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MINSA
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Hospedaje (apart hotel) | MINCETUR | |
Servicios de protección y seguridad
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Actividades de seguridad privada
Actividades de servicio de sistemas de seguridad Actividades de investigación |
MINSA |
Alquiler de vehículos | Alquiler y arrendamiento operativo de vehículos automotores. | MINSA |
Alquiler de maquinaria y equipo y de bienes tangibles | Alquiler y arrendamiento operativo de otros tipos de maquinarias, equipos y bienes tangibles. | MINSA |
Servicios de comunicaciones
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Actividades de telecomunicaciones alámbricas Actividades de telecomunicaciones inalámbricas
Actividades de telecomunicaciones por satélite Otras actividades de telecomunicación Otras actividades de servicios de apoyo a las empresas n.c.p. Actividades postales Actividades de mensajería
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MINSA |
Infraestructura en transporte y telecomunicaciones
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Actividades de servicios vinculadas al transporte acuático Otras actividades de apoyo al transporte
Otras actividades profesionales, científicas y técnicas n.c.p.
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MINSA
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Emisión de placas
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Actividades de asociaciones empresariales y de empleadores
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MINSA |
Mantenimientos, mejoramiento y conservación rutinarios y periódicos de vías
nacionales, departamentales y locales |
Construcción de carreteras y líneas de ferrocarril
Construcción de proyectos de servicio público Construcción de otras obras de ingeniería civil Otras instalaciones para obras de construcción
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MINSA |
Suministro de agua; alcantarillado, gestión de desechos y saneamiento | Captación, tratamiento y distribución de agua
Evacuación de aguas residuales |
MINSA |
Servicios de transporte | Servicios de transporte de pasajeros por carretera interprovincial: Servicios de transporte privado para las actividades autorizadas de la fase 1 y fase 2 y transporte de carga por tubería
Servicios ofrecidos por los Centros de Inspección Técnica Vehicular, las Entidades Certificadoras para emitir Certificados de Conformidad de Vehículos, los Centros de Revisión Periódica de Cilindros, las Certificadoras y Talleres de Conversión de GNV y las Certificadoras y Talleres de Conversión de GLP, y las entidades certificadoras de conformidad, modificación, fabricación y montaje |
MINSA |
Cualquier consulta adicional, favor comunicarse con el Centro Jurídico de ADEX:
Javier Villanueva Nehmad Alejandra Avendaño Reynoso
Telf. 618-3333, Anexo 4600 Telf. 618-3333, Anexo 4212
E-mail: jvillanueva@adexperu.org.pe E-mail: aavendano@adexperu.org.pe