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ALERTA LEGAL
APRUEBAN LA FASE 2 DE LA “REANUDACIÓN DE ACTIVIDADES”
04 de junio 2020

Mediante Decreto Supremo N° 101-2020-PCM, que aprueba la FASE 2 de la “Reanudación de Actividades”, la misma que se inicia a partir del 5 de junio de 2020.

REANUDACION DE ACTIVIDADES EN FORMA AUTOMATICA:

 La reanudación de las actividades incluidas en las fases de la Reanudación de Actividades (actualmente FASE 1 y 2), se efectúa de manera automática, para ello las empresas sólo deberán registrar su “Plan para la vigilancia, prevención y control de COVID-19 en el trabajo” en el Sistema Integrado para COVID-19 (SICOVID-19) del Ministerio de Salud.

Para elaborar “Plan para la vigilancia, prevención y control de COVID-19 en el trabajo”, las empresas deben tener en consideración:

  • Los “Lineamientos para la vigilancia de la Salud de los trabajadores con riesgo de exposición a COVID-19”, aprobados por Resolución Ministerial Nº 239-2020-MINSA y sus posteriores adecuaciones.
  • El Protocolo Sectorial correspondiente cuando el Sector lo haya emitido.

El “Plan para la vigilancia, prevención y control de COVID-19 en el trabajo” registrado por las personas jurídicas será utilizado como base para la posterior supervisión y fiscalización por parte de las autoridades competentes. Adicionalmente, dicho Plan debe estar disponible para los trabajadores al momento de la reanudación de las labores y a disposición de los clientes.

El “Plan para la vigilancia, prevención y control de COVID-19 en el trabajo”, y el registro en el SICOVID-19 del Ministerio de Salud, no resultan exigibles a las personas naturales.

ACTIVIDADES DESTINADAS A LA PROVISIÓN O SUMINISTRO DE LA CADENA LOGÍSTICA:

Lo dispuesto en los párrafos precedentes también es aplicable al reinicio de las actividades de las empresas que realicen actividades destinadas a la provisión o suministro de la cadena logística (insumos, producción tercerizada, transporte, distribución y comercialización) de las actividades comprendidas en las fases de la Reanudación de Actividades.

 SE EXCEPTUA DE LAS RESTRICCIONES DE INMOVILIZACION SOCIAL AL TRANSPORTE INTERPROVINCIAL PRIVADO DE PASAJEROS:

Las actividades de transporte interprovincial privado de pasajeros para la realización de las actividades comprendidas en la estrategia de reanudación de actividades, quedan exceptuadas de las restricciones de inmovilización social.

 OTRAS DISPOSICONES DE INTERES:

 Inicio de actividades de conglomerados productivos y comerciales:

El Ministerio de la Producción queda facultado  para que durante la Fase 2, mediante Resolución Ministerial disponga el inicio de actividades de los conglomerados productivos y/o comerciales a nivel nacional, con excepción de los departamentos de Tumbes, Piura, Lambayeque, La Libertad, Loreto, Ucayali, Ica y las provincias de Santa, Huarmey y Casma del departamento de Áncash, a puerta cerrada, así como vender sus productos y prestar sus servicios a través de comercio electrónico, pudiendo entregar sus productos a domicilio con logística propia o a través de terceros.

Protocolos Sanitarios Sectoriales:

Excepcionalmente, para las actividades incluidas en las fases de la Reanudación de Actividades, los Sectores competentes pueden aprobar mediante Resolución Ministerial y publicar en su portal institucional, los Protocolos Sanitarios Sectoriales.

Zonas urbanas definidas de alto riesgo:

Para las zonas urbanas definidas de alto riesgo por la Autoridad Sanitaria Nacional, el inicio de las actividades o unidades productivas aprobadas en cada fase de la Reanudación de Actividades será determinado mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente.

Supervisión y fiscalización por parte de las autoridades regionales competentes:

Para el caso de las actividades correspondientes a la pequeña minería y minería artesanal formalizadas, las acciones de supervisión y fiscalización correspondientes se encuentra a cargo de las autoridades regionales competentes.

Queda prohibido establecer requisitos o condiciones adicionales en normas sectoriales, regionales o locales:

 La reanudación de las actividades comprendidas en las Fases de la Reanudación de Actividades se sujeta únicamente a los requisitos y condiciones establecidos en el Decreto Supremo Nº 080-2020-PCM, el presente Decreto Supremo y sus normas modificatorias, quedando prohibido establecer requisitos o condiciones adicionales en normas sectoriales, regionales o locales”.

Inclusión de nuevas actividades económicas por parte de los sectores competentes:

Se faculta a los Sectores competentes a disponer, mediante Resolución Ministerial, la inclusión de nuevas actividades económicas que no afecten el Estado de Emergencia Nacional, previa opinión favorable del Ministerio de Salud, y conforme con las medidas sanitarias requeridas para evitar la propagación y contagio del COVID-19.

Anexo

Actividades económicas de la Fase 2

Actividades económicas

Descripción de CIIU Protocolo
Agricultura

 

Títulos habilitantes y actos administrativos

Estudios de impacto ambiental e instrumentos de gestión ambiental

Titulación de la propiedad agraria y catastro rural

Implementación de planes de negocio

 

MINSA

 

Minería

 

Exploración del estrato de la gran y mediana minería. Explotación, beneficio, almacenamiento, transporte y cierre de minas en los siguientes casos:

–     Mediana minería y sus actividades conexas, que cuente con campamento(s) minero(s) y/o acondicionar componente(s) auxiliar(es) y/o alojamiento externo de uso exclusivo para sus trabajadores

–     Pequeña minería y sus actividades conexas, y minería artesanal formalizadas, previamente acreditadas por la autoridad regional competente

 

 

 

 

 

MINEM

 

 

 

Manufactura

 

 
Elaboración de alimentos preparados para animales

 

Elaboración de alimentos preparados para animales MINSA

 

Elaboración de malta y cerveza Elaboración de bebidas malteadas y de malta MINSA

 

Elaboración de vinos, otras bebidas alcohólicas y tabaco

 

Destilación, rectificación y mezcla de bebidas alcohólicas Elaboración de vinos

Elaboración de productos de tabaco

 

MINSA

 

 

Fabricación de calzado

Fabricación de calzado.     PRODUCE
Impresión Actividades de impresión

Actividades de servicios relacionadas con la  impresión

 

MINSA

 

Construcción de material de transporte Reparación de equipo de transporte, excepto los vehículos automotores MINSA

 

Otras industrias manufactureras Fabricación de instrumentos y suministros médicos y

 

Reparación y mantenimiento de otros equipos n.c.p

 

MINSA

 

 

 

 

 

 Comercio
Venta, mantenimiento y reparación de vehículos automotores y motocicletas Venta de vehículos automotores

Mantenimiento y reparación de vehículos automotores

Ventas de partes, piezas y accesorios de vehículos automotores Venta, mantenimiento y reparación de motocicletas y de sus partes, piezas y accesorios

 

MINSA
Venta, mantenimiento, y reparación de vehículos no motorizados, venta de los repuestos y suministros

 

Venta al por menor de equipo de deporte en comercios especializados Venta al por mayor de otros enseres domésticos

Reparación de otros efectos personales y enseres domésticos

 

MINSA
Servicios

 

Servicios profesionales, científicos y técnicos

 

Actividades jurídicas

Actividades de contabilidad, teneduría de libros y auditoría; asesoramiento en materia de impuestos

Actividades de arquitectura e ingeniería y actividades conexas de asesoramiento técnico

Investigación y desarrollo experimental en el campo de las ciencias sociales y las humanidades

Actividades veterinarias

 

MINSA

 

Hospedaje (apart hotel) MINCETUR
Servicios de protección y seguridad

 

    Actividades de seguridad privada

Actividades de servicio de sistemas de seguridad

Actividades de investigación

MINSA
Alquiler de vehículos     Alquiler y arrendamiento operativo de vehículos automotores. MINSA
Alquiler de maquinaria y equipo y de bienes tangibles     Alquiler y arrendamiento operativo de otros tipos de maquinarias,                 equipos y bienes tangibles. MINSA
Servicios de comunicaciones

 

Actividades de telecomunicaciones alámbricas Actividades de telecomunicaciones inalámbricas

Actividades de telecomunicaciones por satélite Otras actividades de telecomunicación

Otras actividades de servicios de apoyo a las empresas n.c.p.

Actividades postales

Actividades de mensajería

 

MINSA
Infraestructura en transporte y telecomunicaciones

 

Actividades de servicios vinculadas al transporte acuático Otras actividades de apoyo al transporte

Otras actividades profesionales, científicas y técnicas n.c.p.

 

MINSA

 

 

 

 

Emisión de placas

 

Actividades de asociaciones empresariales y de empleadores

 

 

 

 

 

 

 

 

MINSA
Mantenimientos, mejoramiento y conservación rutinarios y periódicos de vías

nacionales, departamentales

y locales

Construcción de carreteras y líneas de ferrocarril

Construcción de proyectos de servicio público

Construcción de otras obras de ingeniería civil

Otras instalaciones para obras de construcción

 

MINSA
Suministro de agua; alcantarillado, gestión de desechos y saneamiento Captación, tratamiento y distribución de agua

Evacuación de aguas residuales

MINSA
Servicios de transporte Servicios de transporte de pasajeros por carretera  interprovincial: Servicios de transporte privado para las actividades autorizadas de la fase 1 y fase 2 y transporte de carga por tubería

 

Servicios ofrecidos por los Centros de Inspección Técnica Vehicular,

las Entidades Certificadoras para emitir Certificados de Conformidad

de Vehículos, los Centros de Revisión Periódica de Cilindros, las

Certificadoras y Talleres de Conversión de GNV y las Certificadoras

y Talleres de Conversión de GLP, y las entidades certificadoras de

conformidad, modificación, fabricación y montaje

MINSA

Cualquier consulta adicional, favor comunicarse con el Centro Jurídico de ADEX:

Javier Villanueva  Nehmad                                         Alejandra Avendaño Reynoso

Telf. 618-3333, Anexo  4600                                         Telf. 618-3333, Anexo 4212

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