LEGAL
 
Mediante el Decreto Supremo N° 056-2020-EF, publicado el 22 de marzo de 2020, se modifica el Reglamento de la Ley que promueve la investigación científica, desarrollo tecnológico e innovación tecnología; y, el Decreto Supremo N° 085-2018-EF que aprueba normas para la implementación de la devolución automática de los impuestos pagados o retenidos a las personas naturales.
 
Mediante Resolución de Superintendencia N° 059-3030/SUNAT, la SUNAT dicta disposiciones relativas a la información que se debe comunicar para tener derecho a la deducción del impuesto a la renta pagado o retenido en el exterior por los dividendos o utilidades distribuidas y el impuesto a la renta pagado por la sociedad no domiciliada de primer y segundo nivel.
 
Mediante la Resolución de Superintendencia N° 006-2020-SUNAT/30000 se dispone aplicar la facultad discrecional para no determinar las infracciones previstas en la Ley General de Aduanas.
 
Mediante el Decreto de Urgencia N° 029-2020 se han dispuesto las siguientes medidas complementarias aplicables durante el Estado de Emergencia Nacional.
 
Mediante Resoluciones de Superintendencia, SUNAT aprueba el aplazamiento, fraccionamiento y/o refraccionamiento de pagos,; establece el procedimiento de emergencia para la solicitud de libre disposición de los montos depositados y dispone aplicar la facultad de discrecionalidad de no sancionar administrativamente ciertas infracciones tributarias.
 
Mediante Resolución Directoral N° 08-2020-MTC/18, el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones prorrogó la vigencia de títulos habilitantes en materia de licencias de conducir, servicios de transporte de personas y de carga y mercancía por medio terrestre, acuático y ferroviario.
 
Se informa que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones mediante Resolución Ministerial N° 0232-2020-MTC/01.02, autorizó a la Dirección General de Aeronáutica Civil a otorgar y prorrogar las autorizaciones, certificados, conformidades, permisos, exenciones y cualquier otra autorización necesarias para viabilizar las operaciones de transporte aéreo de carga, transporte aéreo especial, trabajo aéreo y otras actividades de aeronáutica civil.
 
Mediante la Resolución de Superintendencia N° 055-2020/SUNAT, con vigencia a partir del 16 de marzo de 2020, la SUNAT adoptó las medidas para facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias de las personas naturales y las micro, pequeñas y medianas empresas como consecuencia de la declaratoria de emergencia nacional.
 
Mediante el Decreto de Urgencia N° 026-2020, publicado el 15 de marzo de 2020, se declaró Estado de Emergencia Nacional por el plazo de 15 días calendario, asimismo se dispuso el aislamiento social obligatorio, debido a las graves circunstancias que afectan la vida del país a consecuencia del coronavirus (COVID-19).
 
Mediante la Resolución de Superintendencia N° 054-2020/SUNAT, se modifica el plazo para presentar la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta 2019 para los sujetos que en el ejercicio gravable 2019 hubieran obtenido ingresos netos de tercera categoría de hasta 2 300 UIT (S/ 9 660 000.00), o que hubieran obtenido o percibido rentas distintas a las de tercera categoría que sumadas no superen el referido importe.