ALERTA LEGAL
ESTABLECEN NORMAS COMPLEMENTARIAS PARA AMPLIAR LA SUSPENSION PERFECTA DE LABORES
09 de julio 2020

Mediante Decreto de Supremo N° 126-2020-TR, se establecen normas complementarias que permiten a los empleadores ampliar la suspensión perfecta de labores hasta el 7 de octubre de 2020.

Los empleadores que han aplicado una medida de suspensión perfecta de labores cuyo plazo de duración coincide con el 9 de julio de 2020, pueden ampliar, por única vez, el plazo de dicha medida en virtud de la prórroga de la Emergencia Sanitaria establecida por Decreto Supremo Nº 020-2020- SA.

Para tal efecto, la modificación del plazo máximo de duración de la medida de suspensión perfecta de labores se realiza en la plataforma virtual del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, desde el 10 de julio de 2020 hasta el 17 de julio de 2020.

Los empleadores que opten por ampliar el plazo de duración de la medida de suspensión perfecta de labores, hacen de conocimiento dicha ampliación a los trabajadores afectados, de manera física o utilizando los medios informáticos correspondientes.

Lo dispuesto es aplicable a las medidas de suspensión perfecta de labores cuyo procedimiento administrativo se encuentra en trámite.

Cualquier consulta adicional, favor comunicarse con el Centro Jurídico de ADEX:

 Javier Villanueva  Nehmad                                         Alejandra Avendaño Reynoso

Telf. 618-3333, Anexo  4600                                         Telf. 618-3333, Anexo 4212

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