ALERTA LEGAL
DISPONEN LA AMPLIACIÓN DE ACTIVIDADES ECONÓMICAS DE LA FASE 3
01 de julio 2020

Mediante Decreto Supremo N° 117-2020-PCM, se dispone la ampliación de actividades económicas de la FASE 3 de la “Reanudación de Actividades”.

APROBACIÓN E IMPLEMENTACIÓN DE LA FASE 3 DE LA REANUDACIÓN DE ACTIVIDADES:

La implementación de la Fase 3 de la Reanudación de Actividades se inicia a partir del 1 de julio de 2020 a nivel nacional, con excepción de las actividades que se desarrollan en las zonas urbanas de Arequipa, Ica, Junín, Huánuco, San Martín, Madre de Dios y Ancash.

A partir del 1 de julio de 2020, se encuentra autorizado el inicio de las Fases 1 y 2 de Reanudación de Actividades a nivel nacional.

DISPOSICIONES PARA LA REANUDACIÓN DE ACTIVIDADES:

 Para la reanudación de las actividades incluidas en las fases 1, 2 y 3, las entidades, empresas, personas jurídicas o núcleos ejecutores deben observar:

  • Los “Lineamientos para la vigilancia de la Salud de los trabajadores con riesgo de exposición a COVID-19”, aprobados por Resolución Ministerial Nº 239-2020-MINSA, y sus modificatorias.
  • Los Protocolos Sectoriales cuando el sector los haya emitido,
  • Elaborar su “Plan para la vigilancia, prevención y control de COVID-19 en el trabajo”, el cual debe estar a disposición de los clientes y trabajadores, así como de las autoridades competentes para su fiscalización.

Asimismo, previo a la reanudación de las actividades, el referido Plan debe ser remitido vía correo electrónico al Ministerio de Salud, a la siguiente dirección electrónica: empresa@minsa.gob.pe, con lo cual, en cumplimiento además con los requisitos establecidos en el presente numeral, se entenderá que la entidad, empresa, persona jurídica o núcleo ejecutor cuenta con autorización automática para iniciar operaciones.

 La remisión del Plan vía correo electrónico al Ministerio de Salud, constituye el registro en el SICOVID-19. La información contenida en el SICOVID-19 debe ser trasladada a las entidades fiscalizadoras, según corresponda, para las acciones de fiscalización posterior respectivas.

Lo establecido en el numeral precedente resulta aplicable al reinicio de las actividades de las entidades, empresas, personas jurídicas y núcleos ejecutores que realicen actividades destinadas a la provisión o suministro de la cadena logística (insumos, producción tercerizada, transporte, distribución y comercialización) de las actividades comprendidas en las fases 1,2 y 3, así como a los Centros Comerciales, Conglomerados y Tiendas por departamento.

Las zonas urbanas de Arequipa, Ica, Junín, Huánuco, San Martín, Madre de Dios y Ancash, al igual que el resto del país, pueden desarrollar las actividades en el marco del Decreto de Urgencia Nº 070-2020, Decreto de Urgencia para la reactivación económica y atención de la población a través de la inversión pública y gasto corriente, ante la emergencia sanitaria producida por el COVID-19; los proyectos priorizados en el Plan Nacional de Infraestructura para la competitividad (PNIC); los proyectos y actividades del Plan Integral para la Reconstrucción con Cambios; y las inversiones públicas de los sectores Salud, Educación, Transportes y Comunicaciones, Agricultura y Riego, y Vivienda, Construcción y Saneamiento.

Servicio de transporte terrestre de personas de ámbito nacional, regional y provincial, así como el transporte aéreo y fluvial:

Autorícese al Ministerio de Transportes y Comunicaciones a emitir, mediante Resolución Ministerial, previa opinión favorable del Ministerio de Salud, los lineamientos sectoriales para el servicio de transporte terrestre de personas de ámbito nacional, regional y provincial, así como el transporte aéreo y fluvial, los cuales contienen, según corresponda, fecha de reinicio, zonas permitidas, disposiciones obligatorias, recomendaciones, entre otros aspectos necesarios para la prestación de dichos servicios, no siéndole aplicable lo establecido en el numeral 1 de la presente disposición, ni cualquier otra disposición que se contraponga a los mencionados lineamientos sectoriales.

Durante el Estado de Emergencia Nacional, declarado mediante Decreto Supremo Nº 044-2020-PCM y sus prórrogas, las unidades de los servicios de transporte terrestre y acuático de ámbito nacional, regional y provincial deben cumplir con un aforo igual al número de asientos señalados en su tarjeta de identificación vehicular (vehículos de categoría M2 y M3) de los servicios terrestres, o en su certificado de seguridad en el caso servicios acuáticos. En ningún caso puede transportarse pasajeros de pie.

Restaurantes y servicios afines:

Autorícese al Ministerio de la Producción para que, previa opinión favorable del Ministerio de Salud y del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, apruebe mediante Resolución Ministerial la fecha de inicio de actividades, así como los Protocolos respectivos, para el caso de restaurantes y servicios afines, excepto bares, según lo señalado en el Anexo del presente Decreto Supremo.

Pequeña minería y minería artesanal:

Para el caso de las actividades correspondientes a la pequeña minería y minería artesanal, las acciones de supervisión y fiscalización correspondientes se encuentran a cargo de las autoridades regionales competentes.

Otras Disposiciones de interés:

Los Sectores competentes pueden aprobar mediante Resolución Ministerial y publicar en su portal institucional, los Protocolos Sanitarios Sectoriales, conforme a lo que disponga la norma que apruebe la respectiva fase de la Reanudación de Actividades.

Queda prohibido el establecimiento de requisitos adicionales a los establecidos en la presente disposición, por parte de cualquier entidad pública de los tres niveles de gobierno.

ANEXO

ACTIVIDADES ECONOMICAS DE LA FASE 3

Actividades económicas CIIU Descripción de CIIU Protocolo
Rev. 4
Energía y Minería Todas las actividades correspondientes al Sector Energía y Minas no comprendidas en las Fases 1 y 2 de reanudación de actividades. MINEM
Agricultura Todas las actividades correspondientes al Sector Agrario no comprendidas en las Fases 1 y 2 de reanudación de actividades. MINAGRI
Construcción Proyectos en general MINSA
Manufactura
Otros productos metálicos diversos 2520 Fabricación de armas y municiones. MINSA
Otros equipos de transporte n.c.p. 3030 Fabricación de aeronaves, naves espaciales y maquinaria conexa. MINSA
3040 Fabricación de vehículos militares de combate. MINSA
Comercio
Tiendas en general Con aforo al 50% MINSA
Servicios
Restaurantes y servicios afines, excepto bares Con aforo al 40% Según numeral 8 de la Primera DCF
Emisión de brevetes Centros de evaluación MTC
Escuelas de conductores MTC
Entidades habilitadas para expedir certificados de salud MTC
Servicio de comercialización 4669 Venta al por mayor de desperdicios, desechos y otros productos n.c.p. MINSA
Servicios de transporte de pasajeros por vía férrea,excepto urbano Transporte de pasajeros por vía férrea. MTC
Servicios de transporte terrestre de personas en los ámbitos nacional, regional y provincial Servicios de transporte especial de personas (transporte turístico) y su infraestructura complementaria. Según numeral 7 de la Primera DCF
Servicio de transporte regular de personas y su infraestructura complementaria. Según numeral 7 de la Primera DCF
Servicios de transporte de pasajeros y carga por.  vías de navegación interiores (por ríos y lagos) Transporte acuático de pasajeros por vía fluvial y lacustre (en ámbito nacional y regional) Según numeral 7 de la Primera DCF
Transporte aéreo. Sólo vuelos nacionales. Transporte de pasajeros por vía aérea. Según numeral 7 de la Primera DCF
Servicios conexos al transporte aéreo Actividades de servicios relacionadas con el transporte aéreo. MTC
Servicios de transporte aéreo especial turístico Actividades destinadas a la atención de circuitos turísticos. MTC
Actividades de aviación general Actividades aeronáuticas no comerciales. MTC
Actividades de mudanza, traslado de enseres o     afines. Servicio de transporte de mercancías destinados para actividades de mudanza, traslado de enseres o afines. MINSA
Servicios de alojamiento en general Albergues, hostales y establecimientos de hospedaje no clasificados y categorizados. MINCETUR
Servicios de edición de libros, directorios y otras   servicios de edición 5811 Edición de libros MINSA
5812 Edición de directorios y listas de correo. MINSA
5819 Otras actividades de edición. MINSA
Servicios de producción, posproducción y distribución de películas, videocintas y programas tv Actividades de producción de películas y de video. MINSA
5912 Actividades de postproducción de películas, de video y de programas de televisión. MINSA
5913 Actividades de distribución de películas, de video y de programas de televisión. MINSA
Servicio de grabación de sonido y edición de música 5920 Actividades de grabación de sonido y edición musical. MINSA
Servicios de contabilidad, auditoría y consultoría sobre dirección y gestión empresarial 7010 Actividades de las sedes centrales. MINSA
7020 Actividades de consultoría de gestión empresarial. MINSA
Servicios de análisis técnicos, investigación y desarrollo científicos. 7120 Ensayos y análisis técnicos. MINSA
Investigación, innovación y desarrollo experimental en todos los campos del conocimiento. Incluye el uso y servicios de laboratorios de las instituciones de educación superior y cetpro con aforo máximo del 50%1 MINSA
Servicios de investigación de mercados y encuestas de opinión públicas 7320 Investigación de mercados y realización de encuestas de opinión pública. MINSA
Servicios especializados de diseño, fotografía y otras actividades profesionales, científicas, técnicas n.c.p. 7410 Actividades especializadas de diseño. MINSA
7420 Actividades de fotografía. MINSA
Servicio de alquiler y arrendamiento de equipos recreativos, deportivos, cintas de video, discos, otros bienes personales y enseres domésticos 7721 Alquiler de artículos deportivos y de ocio. MINSA
7722 Alquiler de cintas de video y discos. MINSA
7729 Alquiler de otros efectos personales y enseres domésticos. MINSA
Servicios de arrendamiento de la propiedad intelectual y productos similares 7740 Arrendamiento de la propiedad intelectual y productos similares, excepto trabajos protegidos por derechos de autor. MINSA
Servicios relacionados a agencias de empleos 7810 Actividades de agencias de colocación de empleo. MINSA
7820 Actividades de agencias de trabajo temporal. MINSA
7830 Otra provisión de recursos humanos. MINSA
Servicios de agencia de viajes y operadores turísticos 7911 Actividades de agencias de viajes. MINCETUR
7912 Actividades de operadores turísticos. MINCETUR
Actividades de guías de turismo. MINCETUR
Servicios de limpieza, apoyo a edificios y mantenimiento de jardines 8110 Actividades combinadas de apoyo a instalaciones. MINSA
Servicios de fotocopiado, preparación de documentos y otras actividades especializadas de apoyo a oficinas 8219 Fotocopiado, preparación de documentos y otras actividades especializadas de apoyo a oficinas. MINSA
Servicios de apoyo especializado de oficinas administrativas y otras actividades empresariales 8211 Servicios administrativos de oficina combinados. MINSA
8220 Actividades de centrales telefónicas. Incl. call centers con aforo al 50%. MTC
8291 Actividades de agencias de cobranza y agencias de información crediticia. MINSA
8292 Actividades de envase y empaque. MINSA
Otros servicios de arte, entretenimiento y esparcimiento (en destinos sanitarios y con aforo al 50%) 9101 Actividades de bibliotecas y archivos. Incl. bibliotecas universitarias. MINSA
Actividades y gestión de museos, monumentos arqueológicos prehispánicos, lugares y edificios históricos, centros culturales (no incluye proyección de películas, obras de teatro y espectáculos) y galerías. MINCUL
9103 Actividades de jardines botánicos y zoológicos y de parques nacionales. Incl. áreas naturales. MINAM
Reparación de computadoras y equipos de comunicación 9511 Reparación de computadoras y equipo periférico. MINSA
9512 Reparación de equipos de comunicación. MINSA
Reparación de aparatos eléctricos de consumo, muebles y otros bienes personales 9523 Reparación de calzado y artículos de cuero. MINSA
9524 Reparación de muebles y accesorios para el hogar. MINSA
9900 Actividades de organizaciones y órganos extraterritoriales. MINSA

1 Incluye actividades de formación práctica de estudiantes en laboratorios y talleres que sean necesarios e indispensables para la continuidad de la formación en el marco del servicio remoto de emergencia.

Cualquier consulta adicional, favor comunicarse con el Centro Jurídico de ADEX:

 Javier Villanueva  Nehmad                                         Alejandra Avendaño Reynoso

Telf. 618-3333, Anexo  4600                                         Telf. 618-3333, Anexo 4212

  E-mail: jvillanueva@adexperu.org.pe                           E-mail: aavendano@adexperu.org.pe