ALERTA LEGAL
APRUEBAN EL REGLAMENTO OPERATIVO DEL FONDO DE APOYO EMPRESARIAL A LA MYPE – FAE MYPE
25 de marzo 2020

Mediante Resolución Ministerial N°124-2020-EF/15, el Ministerio de Economía y Finanzas – MEF aprobó el Reglamento Operativo del Fondo de Apoyo empresarial a la MYPE (FAE-MYPE), con el objetivo de promover el financiamiento de las micro y pequeñas empresas, a través de créditos para capital de trabajo, así como para reestructurar y refinanciar sus deudas, a fin de mantener e impulsar su desarrollo productivo para la reducción del impacto del Coronavirus.

Financiamiento FAE – MYPE

Es la operación efectuada bajo el contrato de crédito suscrito entre COFIDE y las Entidades del Sistema Financiero – ESF o las Cooperativas de Ahorro y Crédito no autorizada a captar recursos del público – COOPAC que se encuentren en el Registro Nacional de Cooperativas, con la finalidad que estas últimas puedan financiar a las MYPE para alcanzar la finalidad del FAE – MYPE.

Plazo de vigencia: El FAE-MYPE tendrá una duración de 5 años, contados a partir de la suscripción del respectivo Contrato de Fideicomiso entre la Dirección General del Tesoro Público del MEF (fideicomitente) y COFIDE (fiduciario), mediante el cual se transfieren los recursos al FAE – MYPE para financiar a las MYPE.

Acreditación de Elegibilidad

COFIDE establecerá los documentos o mecanismos para acreditar el cumplimiento de los criterios de elegibilidad requeridos tanto para la ESF, la COOPAC y la MYPE.

Valor Máximo de Cobertura por MYPE:

  1. Monto total del crédito otorgado en el sistema financiero a una MYPE hasta S/ 30 000,00 o su equivalente en moneda extranjera, cuenta con un 70% de cobertura por deudor.
  2. Monto total del crédito otorgado en el sistema financiero a una MYPE desde S/ 30 001,00 hasta S/ 60 000,00 o su equivalente en moneda extranjera, cuenta con un 50% de cobertura por deudor.
  3. Monto total del crédito otorgado en el sistema financiero a una MYPE con los recursos desde S/ 60 001,00 hasta S/ 90 000,00 o su equivalente en moneda extranjera, cuenta con un 30% de cobertura por deudor.

La Garantía otorgada es irrevocable e incondicional, salvo incumplimiento en el pago de la comisión fijada. Una vez emitida la Garantía no se podrá reducir el monto de la cobertura ni incrementar el costo de las comisiones.

 

Cualquier consulta adicional, favor comunicarse con el Centro Jurídico de ADEX:

 

Javier Villanueva  Nehmad                          Patricia Saravia Guevara

Telf. 618-3333, Anexo  4600                   Telf. 618-3333, Anexo 4603

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