ALERTA LEGAL
AMPLIAN LAS MEDIDAS DE PROTECCIÓN LABORAL PARA MUJERES GESTANTES Y MADRES LACTANTES
08 de octubre 2020
Mediante Ley N° 31051, se establecen nuevos mecanismos de protección para las mujeres gestantes y madres lactantes durante la vigencia del Estado de Emergencia Nacional de carácter sanitario. Las disposiciones más importantes de la norma bajo comentario, son las siguientes:
- Las mujeres gestantes pueden solicitar no realizar labores que pongan en peligro su salud y/o la del desarrollo normal del embrión y el feto, a través de una solicitud certificada por el médico tratante. Tras la recepción de la solicitud, el empleador debe asignar a la trabajadora labores que no pongan en peligro su salud y/o la del desarrollo normal del embrión y el feto.
- El empleador debe aplicar –obligatoriamente– el trabajo remoto a las mujeres gestantes y a las madres lactantes cuya integridad o la de su hijo/a se encuentren en riesgo dadas las circunstancias del Estado de Emergencia Sanitaria.
- Si por la naturaleza de las funciones, no se puede aplicar el trabajo remoto a las mujeres gestantes y/o a las madres lactantes cuya integridad o la de su hijo/a se encuentren en riesgo, el empleador deberá asignarles labores compatibles con su puesto de trabajo o, de preferencia, les otorgará una licencia con goce de haberes sujeta a compensación posterior. Podrán acceder al texto completo de la Ley bajo comentario aquí
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Javier Villanueva Nehmad Alejandra Avendaño Reynoso
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