ALERTA LEGAL
CREAN NUEVO RÉGIMEN SOCIETARIO PARA LAS MIPYME
12 de septiembre 2018

Mediante el Decreto Legislativo N° 1409, se aprobó la creación de un nuevo régimen societario alternativo de responsabilidad limitada para la formalización y dinamización de la micro, pequeña y mediana empresa.

DENOMINACIÓN

Sociedad por Acciones Cerrada Simplificada – SACS, la misma que una vez inscrita en el Registro de Personas Jurídicas de la SUNARP adquiere personalidad jurídica propia.

REQUISITOS PARA SU CONSTITUCIÓN

Se constituye con dos o hasta veinte personas naturales, quienes son responsables económicamente hasta por el monto de sus respectivos aportes, salvo en los casos de fraude laboral o tributario.

– El plazo de duración de la sociedad, si no ha sido expresado, es por término indefinido.

– Los aportes de cada accionista pueden ser únicamente dinerarios o de bienes muebles no registrables.

– Deben presentar Declaración Jurada sobre la existencia y veracidad de la información proporcionada, así como de la procedencia legal de los fondos aportados al capital social, bajo responsabilidad administrativa y/o penal. – El Acta de Constitución se genera por medios electrónicos a través del SID-SUNARP, y se suscribe por medio de firma digital de los accionistas.

– La solicitud de inscripción de la SACS, el pago de derechos registrales, las observaciones, subsanaciones y anotaciones de inscripción se tramitan a través del SID-SUNARP.

– El documento electrónico firmado digitalmente es título suficiente para la calificación e inscripción de la constitución de la SACS en el registro de Personas Jurídicas de la SUNARP.

– Con la inscripción de la constitución de las SACS en el Registro de SUNARP se asignará el número de RUC de SUNAT.

– En cualquier oportunidad la SACS pueden transformarse en otra forma societaria de acuerdo a la Ley General de Sociedades.

– Los actos societarios posteriores a la inscripción de la constitución de la SACS se realizan de acuerdo a las normas generales y formalidades de la Ley General de Sociedades y reglamentos de inscripciones de la SUNARP.

Esta norma entra en vigencia a partir del día siguiente de la entrada en operación del SID-SUNARP para tramitar la constitución en línea de la SACS, para lo cual hay un plazo de 180 días calendario desde la publicación del Reglamento, el mismo que deberá ser publicado en un plazo de 120 días calendario desde la fecha de publicación de esta norma.

Cualquier consulta adicional, favor comunicarse con el CENTRO JURÍDICO de ADEX:

E-Mailcentrojuridico@adexperu.org.pe

Telf. 618-3333

Anexos 4600, 4212, 4601 y 4610