Av. Javier Prado Este 2875 - San Borja
(511) 618 - 3333
ALERTA LEGAL
CONGRESO APRUEBA EL CARNET ATA
05 de julio 2018

Mediante la Resolución Legislativa N° 30808, publicada el 5 de julio de 2018, el Congreso de la República aprueba el Convenio relativo a la Importación Temporal, adoptada el 26 de Junio de 1990, en la ciudad de Estambul, Republica de Turquía, y los Anexos A, B1 y B2.

Este Convenio tiene como objetivo unificar los diferentes tratamientos para la simplificación y armonización del régimen aduanero de importación temporal, con la finalidad de estandarizar la documentación y el proceso aduanero, lo cual permitirá reducir tiempos y costos.

Este Convenio incluye disposiciones referidas al Carnet ATA, el cual es una herramienta de facilitación comercial reconocida internacionalmente, es una especie de pasaporte para las mercancías, utilizado por los países que forman parte del Sistema ATA.

En el Carnet ATA se especifican las mercancías destinadas a exposiciones, ferias, congresos, espectáculos artísticos, material profesional, equipaje de viajero, mercancías con fines deportivos, de publicaciones turísticas, artísticas, entre otras mercancías introducidas en el territorio del país temporalmente.

Países que han incorporado el Convenio de Estambul y por tanto al Carnet ATA:

– En África (Argelia, Marruecos, Senegal, Costa de Marfil, otros); en Asia (China, Japón, República de Corea, Hong Kong, India, Irán, Israel, Mongolia, Pakistán, Singapur, Tailandia, otros).

– En Europa (Alemania, Estonia, Lituania, Austria, Finlandia, Luxemburgo, Bélgica, Grecia, Francia, Italia, Chipre, Croacia, Dinamarca, España, Rusia, Reino Unido, Suiza, Ucrania, Suecia, otros).

– En Oceanía ( Australia, Nueva Zelanda, otros).

– En América (Chile, México, Canadá, Estados Unidos, Guyana, Martinica, Puerto Rico, otros).

Cualquier consulta adicional, favor comunicarse con el CENTRO JURÍDICO DE ADEX:

E-Mailcentrojuridico@adexperu.org.pe

Telf. 618-3333

Anexos 4600, 4212, 4601 y 4610